La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, órgano de control externo al que corresponde el control económico presupuestario de la Comunidad de Madrid, fue creada por Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en virtud del mandato contenido en el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
La ley configura a la Cámara de Cuentas como órgano dependiente de la Asamblea de Madrid prescribiendo que, en el ejercicio de sus funciones, actuará con plena independencia y sometimiento al ordenamiento jurídico. Cuenta con autonomía organizativa y presupuestaria. Su actuación se basa en los principios de transparencia, independencia, objetividad y eficacia.
El ámbito subjetivo de actuación de la Cámara de Cuentas es el constituido por el sector público madrileño, sobre el que ejerce la función fiscalizadora de la actividad económica, presupuestaria, financiera y contable. Asimismo, la Cámara de Cuentas tiene atribuida la función de asesoramiento a la Asamblea de Madrid en materia económica y financiera, de conformidad con el artículo 4 de su ley reguladora.
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